
El Tribunal Superior de Bogotá aceptó la tutela que unos ciudadanos interpusieron para exigir un último debate
En aquel recurso judicial se argumentaba la vulneración del derecho fundamental de la ciudadanía a “participar en la conformación del poder político”, según el artículo 40 de la Constitución Política.
Los candidatos deberán acordar el debate previo a las elecciones del 19 de junio. Este se deberá desarrollar en un medio de comunicación de alcance nacional de mutuo acuerdo. Se pensaba que el fallo exigiría hacerlo en el Sistema de Medios Públicos Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC); sin embargo, el Tribunal no lo especificó.
En repetidas ocasiones, Hernández se ha mostrado en contra de los debates de cara a segunda vuelta. El candidato ha argumentado que estos se han convertido en espacios de ataque donde se limita el tiempo para responder temas coyunturales.
El análisis de la tutela incluyó los pronunciamientos que habían dado en ocasiones pasados los candidatos. Petro suspendió antes de la primera vuelta su asistencia a dichos espacios porque, según él, no se estaba garantizando la transparencia del voto.