
Actualmente, las entidades religiosas están exentas de este tributo siempre y cuando los ingresos provengan de su misión espiritual, como oficios litúrgicos o colectas. Sin embargo, según la propuesta, se obligaría a diferenciar los ingresos religiosos de los comerciales. Estos últimos entrarían al régimen ordinario de renta, tributando como cualquier empresa.
El Ministerio del Interior tiene registradas cerca de 8.000 iglesias en el país, aunque no todas manejan la misma capacidad económica. Estimaciones extraoficiales indican que el sector mueve billones de pesos al año, especialmente a través de conciertos, venta de productos, alquiler de auditorios y eventos masivos.
Vale aclarar que las congregaciones religiosas que no cuentan con reconocimiento oficial del Ministerio del Interior ya tributan como cualquier otra entidad jurídica. Además, respecto al IVA, las iglesias no gozan de un tratamiento diferencial: si realizan actividades gravadas, deben cumplir con las obligaciones correspondientes y también son agentes de retención en la fuente.
La propuesta ha abierto un debate sobre la equidad tributaria y el alcance de la libertad religiosa. Algunos sectores respaldan la medida al considerar que busca justicia fiscal en actividades lucrativas, mientras que otros la critican por lo que consideran un intento de limitar financieramente a las organizaciones religiosas.
El Congreso será el encargado de definir si este punto avanza dentro de la reforma tributaria, en medio de una discusión donde se cruzan intereses fiscales, económicos y sociales.




