
Un fallo emitido por la Comisaría de Familia de la Comuna 16 de Medellín declaró al reguetonero Beéle (Brandon de Jesús López Orozco) como víctima de violencia intrafamiliar por parte de su expareja, Camila Andrea Rodríguez Ascanio. Esta resolución sorprende especialmente porque contrasta con la denuncia de violencia que ella había presentado inicialmente.
La decisión se basó en pruebas presentadas ante la autoridad, incluyendo informes psicológicos y testimonios que evidenciaron abusos emocionales, psicológicos, económicos y físicos. El fallo detalla, además, al menos tres episodios de agresión física. Asimismo, identifica patrones de manipulación, control financiero, gaslighting y coerción religiosa como elementos que marcaron una relación desigual y con dinámicas de poder perjudiciales para el cantante.
En contraste con las acusaciones que Rodríguez Ascanio había formulado contra Beéle, la comisaría determinó que no existían pruebas que respaldaran responsabilidad del artista en dichos señalamientos.
Como resultado, se ordenaron medidas de protección definitivas en favor del cantante. Estas incluyen prohibiciones para Rodríguez Ascanio de efectuar actos (públicos o privados) que puedan afectar la integridad, buen nombre o tranquilidad de Beéle, así como restricciones para que ella no difunda contenido que vulnere su intimidad. Además, se estableció que debe someterse a terapia psicológica para el manejo de impulsos y emociones, y se instruyó garantizar la comunicación entre el artista y sus hijos, sin la intervención de terceros.




