
Tafur argumentaba que la mandataria había incurrido en inhabilidades relacionadas con su desempeño en cargos públicos previos y una supuesta doble militancia política.
El origen de la controversia
El abogado señalaba que, durante su designación como alcaldesa encargada en 2022, tras la suspensión del entonces alcalde Andrés Hurtado por presunta participación en política, Aranda habría mantenido vínculos con el Partido Conservador. Según Tafur, esta relación implicaba que debía haber sido postulada por dicho partido si aspiraba a la alcaldía. Sin embargo, al lanzarse como candidata del Centro Democrático, habría incurrido en doble militancia, al no renunciar formalmente a la colectividad anterior.
Fallo basado en evidencia documental
El Tribunal determinó que no existía fundamento para anular la elección de Aranda, basándose en pruebas aportadas durante el proceso. Un análisis liderado por el magistrado Luis Eduardo Collazos Olaya incluyó una revisión detallada de documentos y correos electrónicos que confirmaron que Aranda presentó su renuncia al Partido Conservador antes de iniciar su campaña como candidata del Centro Democrático.
Postura del demandante
Ante el fallo desfavorable, Tafur anunció que apelará la decisión ante el Consejo de Estado. «Este es solo el primer paso en la búsqueda de justicia electoral. Interpondré el recurso correspondiente en los próximos días, ya que considero que persisten elementos que no fueron debidamente analizados», afirmó el abogado.
Camino a segunda instancia
El caso ahora será evaluado por el Consejo de Estado, cuya decisión será definitiva. Se espera que el fallo de esta alta corte se produzca en 2025, prolongando la incertidumbre sobre el panorama político de la ciudad.
Mientras tanto, Johana Aranda continuará ejerciendo como alcaldesa, reforzando su compromiso con los ciudadanos de Ibagué. Este proceso judicial destaca la necesidad de garantizar la claridad en las normas electorales y el respeto a los procedimientos legales en las disputas políticas.