
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 813 de 2026, una normativa que actualiza y amplía las condiciones para acceder al derecho a morir dignamente en el país, introduciendo cambios clave en los criterios médicos, el consentimiento del paciente y el rol de los comités científicos.
La resolución, fechada el 28 de abril de 2026, da cumplimiento a múltiples órdenes de la Corte Constitucional y redefine el alcance de la eutanasia en Colombia, que ya no se limitaría exclusivamente a pacientes en fase terminal.
La resolución, fechada el 28 de abril de 2026, da cumplimiento a múltiples órdenes de la Corte Constitucional y redefine el alcance de la eutanasia en Colombia, que ya no se limitaría exclusivamente a pacientes en fase terminal.
Cambios clave de la Resolución 813 de 2026
Uno de los puntos más relevantes es la ampliación de los criterios de acceso. A partir de esta normativa, la eutanasia podrá ser solicitada no solo por pacientes terminales, sino también por personas que padezcan enfermedades graves e incurables que generen sufrimiento intenso, incluso si no están en etapa final de vida.
La resolución también refuerza el principio de autonomía del paciente, estableciendo con mayor claridad la importancia del consentimiento informado, que debe ser libre, inequívoco y plenamente consciente. En este sentido, se reconoce el papel del Documento de Voluntad Anticipada, mediante el cual una persona puede dejar expresadas sus decisiones en caso de no poder manifestarlas en el futuro.
Rol de los comités médicos y enfoque ético.

El documento hace énfasis en el fortalecimiento de los comités de ética hospitalaria o comités de bioética, que tendrán un papel más activo en la evaluación de cada caso. Estas instancias deberán garantizar que se cumplan los criterios clínicos, éticos y legales antes de autorizar el procedimiento.
Además, la normativa se alinea con estándares internacionales de bioética, citando referentes como la guía de la UNESCO, y promueve una atención centrada en el paciente, respetando su dignidad, creencias y contexto sociocultural.
Marco legal y respaldo constitucional
La Resolución 813 se fundamenta en un amplio marco jurídico que incluye la Ley 100 de 1993, la Ley 1733 de 2014 (cuidados paliativos) y la Ley Estatutaria 1751 de 2015 (derecho fundamental a la salud), así como varias sentencias de la Corte Constitucional que han desarrollado el derecho a morir dignamente en Colombia.
También reafirma que los pacientes tienen derecho a rechazar tratamientos médicos innecesarios que prolonguen la vida sin condiciones de dignidad, y a recibir información clara para tomar decisiones sobre su atención en salud.
Implicaciones
Con esta actualización normativa, Colombia continúa consolidando uno de los marcos más avanzados en América Latina en materia de muerte digna. La resolución busca equilibrar el respeto por la vida con el derecho de las personas a decidir sobre su sufrimiento, bajo estrictos controles médicos, éticos y legales.
Las autoridades de salud deberán ahora ajustar sus protocolos internos para implementar los cambios, mientras que los prestadores de servicios tendrán la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de los nuevos lineamientos.



