
En un fallo histórico, la Corte Constitucional dejó en firme la Ley 2385 de 2024 y amplió su alcance al declarar inconstitucional la excepción que permitía la realización de espectáculos como corridas de toros, toros coleados, corralejas y peleas de gallos en el país.
Con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, la Sala Plena del alto tribunal determinó de manera unánime que estas prácticas vulneran el mandato constitucional de protección y bienestar animal.
La sentencia contempla un periodo de transición de tres años, con el fin de mitigar el impacto económico y cultural que genera la medida. Durante este tiempo, las comunidades y personas que dependen de estas actividades deberán iniciar procesos de reconversión laboral y reorganización cultural.
En su análisis, la Corte evaluó la Ley 2385 frente a principios como la diversidad cultural, el patrimonio cultural de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de expresión y los derechos adquiridos. Finalmente, concluyó que la norma es plenamente ajustada a la Constitución y, en consecuencia, declaró su exequibilidad.
“Por medio de esta decisión, se busca aportar a una transformación cultural que reconozca y respete la vida animal, eliminando espectáculos que atenten contra su integridad”, señaló el alto tribunal.




