
Tras estudiar el caso, la comisión, presidida por la concejala Silvia Cristina Ortiz, determinó que las expresiones analizadas —emitidas durante una entrevista— carecen de motivación de género y enmarcan crítica política legítima amparada por la libertad de expresión .
Asimismo, el informe establece que las manifestaciones no incluían lenguaje ofensivo, injurioso o discriminatorio, y hasta contenían evidencias de respeto hacia las capacidades de la denunciante .
De acuerdo con la Ley 2453 de 2025, el Concejo Municipal no tiene competencia sancionatoria en este tipo de casos; esa tarea corresponde al Consejo Nacional Electoral . Por ello, la Comisión recomendó archivar la denuncia, destacando el respeto al debido proceso y la ausencia de faltas disciplinarias o incumplimientos internos .
No obstante, la concejala Ortiz enfatizó la necesidad de fortalecer el reglamento interno del Concejo. Propuso llevar a plenaria reformas que incluyan definiciones claras de violencia política de género, protocolos preventivos y estrategias pedagógicas que fomenten una cultura política libre de estereotipos .




