
El exalcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, fue declarado culpable, en fallo de primera instancia, dentro del proceso penal que se adelanta por el presunto uso indebido del estadio Manuel Murillo Toro durante una celebración familiar realizada en marzo de 2021. En la misma decisión judicial también fue declarado culpable el entonces gerente del Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué (IMDRI), Alejandro Ortiz.

La determinación fue emitida por el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué, que encontró responsables a los procesados por el delito de peculado por uso, conducta que sanciona la utilización indebida de bienes del Estado para fines particulares. La audiencia de lectura de la sentencia, en la que se definirá la pena correspondiente, fue programada para los próximos días.
El proceso judicial se originó por los hechos ocurridos el 6 de marzo de 2021, cuando el entonces mandatario realizó la celebración del cumpleaños número 13 de su hijo en el principal escenario deportivo del Tolima. Según la acusación presentada por la Fiscalía, la actividad incluyó un partido de fútbol con terna arbitral, narración deportiva, alimentación para los asistentes y el ingreso de varios vehículos sobre la pista atlética del estadio.

Durante el juicio, la defensa del exmandatario solicitó la absolución al sostener que Hurtado se encontraba en el escenario deportivo realizando una inspección de las obras que se ejecutaban en ese momento y que no existían pruebas suficientes para acreditar la comisión del delito. No obstante, el despacho judicial concluyó que existían los elementos probatorios para emitir un fallo condenatorio en primera instancia.
El delito de peculado por uso, contemplado en el artículo 398 del Código Penal colombiano, contempla penas que oscilan entre 16 y 72 meses de prisión, además de la inhabilidad para ejercer funciones públicas por el mismo término, sanciones que serán precisadas durante la lectura de la sentencia.




