
El tiempo para declarar renta en Colombia comenzó a correr el pasado 9 de agosto. Esto significa que los colombianos que deben hacer este proceso tendrán que revisar de forma individual su fecha límite, la cual está establecida por el número de identificación tributaria, NIT, que aparece en el RUT.
La declaración de renta es un trámite que se presenta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) en la que se condensan los ingresos, egresos e inversiones del contribuyente para calcular lo que debe pagar de impuestos.
Desde el pasado 09 de agosto y hasta el 19 de octubre iniciaron los vencimientos para las personas que deben cumplir con esta obligación, por lo que la entidad ha hecho llegar al correo de varios usuarios información con relación a una herramienta conocida como declaración de renta sugerida.
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— DIANColombia (@DIANColombia) August 16, 2023
¿Qué es renta cedular?
La Dian ha aclarado que la renta cedular tiene como fin determinar el impuesto sobre la renta de una manera justa. “Se trata de grabar las rentas en relación con su origen con el fin de hacer más equitativo y progresivo el impuesto”, aclara la entidad.
Asimismo, mencionó que el impuesto sobre la renta depende de las categorías establecidas. Es decir, que en base a la etapa de la vida en la que se encuentra la persona y sus ingresos, su renta cedular varía. “La renta cedular es un mecanismo a través del cual se determina una base gravable y una tarifa de impuesto sobre la renta, para personas naturales. Esto dependiendo del tipo de rentas que recibe y aplicando a cada una de ellas un especial mecanismo de depuración de la rentas y una tarifa diferente”.
Además, es considerado como un sistema de clasificación de los ingresos de acuerdo con la actividad de la que provienen:
Renta cedular por trabajo: En esta se incluyen dineros relacionados con salarios; comisiones; prestaciones sociales; viáticos; gastos de representación; honorarios en monumentos eclesiásticos; compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo y las compensaciones por servicios personales.
Renta cedular por pensiones: Dinero que tiene que ver con pensiones de jubilación, de invalidez, de vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales. Así como provenientes de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones, o de las devoluciones de los saldos de ahorro pensional
Renta cedular por capital: En esta se incluyen los intereses, rendimientos financieros, los arrendamientos, las regalías y explotación de la propiedad intelectual
Renta cedular no laborales y ventas en general: Se encuentran enajenación de activos con menos de 2 años de posesión; honorarios percibidos por personas naturales que contraten dos o más trabajadores por al menos 90 días continuos o discontinuos durante el año en el que se declara. Sin embargo, los ingresos que no clasifiquen como rentas no laborales deberán llevarse a la cédula de rentas de trabajo.
Renta cedular dividendos y participaciones: Constituyen renta gravable en cabeza de los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores, similares que sean personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes (recibidos de distribuciones provenientes de sociedades y entidades nacionales, de sociedades y entidades extranjeras).
Además, se asimilan a dividendos las utilidades provenientes de fondos de inversión; de fondos de valores administrados por sociedades anónimas comisionistas de bolsa; de fondos mutuos de inversión; y de fondos de empleados que obtengan los afiliados suscriptores o asociados de los mismos.
Las personas naturales que estén obligados a cumplir con el pago de este impuesto en 2023, deben tener presentes las siguientes condiciones:
– Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000.
– Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000.
– Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000.
– Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000.
– Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.